El próximo domingo 04 de septiembre se llevará a cabo el Plebiscito de Salida, elecciones que a diferencia de instancias anteriores tendrá voto obligatorio para personas mayores de 18 años que residan en Chile.
En ese contexto los adultos mayores no están exentos del voto obligatorio, es decir, que si pueden ser multados si es que no asisten a sufragar en las próximas elecciones.
Quienes no cumplan con la obligación de votar deberán acreditar su inasistencia ante el Juzgado de Policía Local cuando sea notificado con posterioridad al plebiscito. La notificación llegará al domicilio electoral registrado.
En esa línea el Servel indica que las excusas para no votar son las siguientes:
- Enfermedad.
- Ausencia del país.
- Encontrarse el día del Plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de aquel en el que se encuentra registrado su domicilio electoral.
- Por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien revisará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.
¿Es obligatorio votar?
Sí. En el Plebiscito el voto obligatorio para quienes tengan inscrito su domicilio electoral en Chile, pero voluntario para quienes lo tengan en el extranjero.
¿Qué pasa si no voto?
Las personas con domicilio electoral en Chile que no acudan a votar, se expondrán a una multa de hasta 3 UTM ($174.744).
El presidente del Servel Andrés Tagle, explicó que los adultos mayores que no concurran a votar en el Plebiscito de Salida serán multados con una sanción que fijará el juez con criterio «yo considero que los jueces de policía local son personas muy honorables y razonables para los casos, pero lamentablemente la ley no hizo una excepción por edad. Nosotros no podemos hacerla administrativamente», dijo.
¿Cuáles son los horarios de votación?
El domingo 04 de septiembre, las mesas receptoras de sufragios comenzarán a funcionar a las 08:00 y cerrarán a las 18:00 horas, siempre y cuando no haya ningún elector esperando sufragar.
¿Qué documentos debo llevar para votar?
En el Plebiscito solo se podrá votar presentando la cédula de identidad o pasaporte. Estos documentos pueden estar vencidos desde el 1 de octubre de 2019.
Para sufragar no será válido el comprobante de cédula de identidad en trámite, la licencia de conducir ni otras credenciales o documentos.
¿Dónde me toca votar?
Para este Plebiscito, y gracias a una modificación en la legislación electoral, se procuró asignar locales de votación cercanos a los domicilios de las personas.
Los nuevos locales y mesas de votación se conocieron el pasado 13 de agosto en el sitio www.servel.cl.
¿Puedo cambiar mi local de votación?
No. El periodo para cambiar el domicilio electoral finalizó el 1 de mayo y el trámite se podrá volver a realizar el próximo 1 de octubre de 2022, es decir, después del Plebiscito.
¿Qué pasa si gana el rechazo?
Si en el Plebiscito gana la opción «Apruebo», el Presidente de la República, Gabriel Boric, deberá convocar al Congreso pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure la Nueva Constitución Política de la República.
Por el contrario, si gana el «Rechazo», continuará vigente la actual Constitución y se procederá a gestionar un nuevo proceso.