Eliana Zulema Castillo presentó un recurso de protección en contra de la Municipalidad de Curaucatín por el funcionamiento irregular del vertedero, ubicado a 200 metros de su vivienda, donde afirma llegan los desechos trasladados por distintos camiones contratados por la Municipalidad y que sus pozos de agua están contaminados, sin embargo la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso.

El 28 de julio de este año la Tercera Sala del tribunal de alzada, integrada por Ministro Alejandro Vera Q., Fiscal Judicial Juan Santana S. y la abogada integrante Alejandra Cid, rechazó el recurso, argumentando en una de sus partes que «los antecedentes allegados al recurso, los informes de Seperintendencia del Medio Ambiente, Seremi de Salud Araucanía y la recurrida, no es posible concluir que las imputaciones de la recurrente se encuentren acreditadas en forma fehaciente e indubitadas, ya que para resolver esta acción de protección que sólo tiene un objeto cautelar, se hace necesario contar con elementos técnicos, peritajes, muestras de los esteros aguas arriba y aguas debajo del vertedero, elementos que exceden al recurso de protección».

Los jueces agregan que «en efecto, la recurrida manifiesta que cumple con las normas ambientales vigentes, que existe un lugar habilitado para la recepción de los residuos domiciliarios y atendido a que no existe otro lugar distinto del vertedero para depositar la basura domiciliaria, se generaría con el cierre solicitado complejos focos infecciosos que afectaría la salud y vida no sólo del recurrente sino de toda la población de la comuna pues no se podría retirar los desechos, quedando estos en las calles o en las casas con los problemas que ello provocaría, generándose un problema sanitario de envergadura mayor».

En el escrito presentado por el abogado Guillermo Cáceres, quien representa a Eliana Castillo, expresa que «los hechos mencionados en la primera parte de esta presentación constituyen tanto acciones como omisiones ó ilegales que afectan de manera directa la garantía constitucional de mi representada y todos los vecinos del sector La Jaula, de vivir en un medio ambiente libre de contaminación».

Cáceres explicó que se apeló a la Corte Suprema y la causa está en acuerdo. «Esperamos que sea para revocar ya que existe un cúmulo de antecedentes que le dan la razón a nuestra clienta, que ha sido vulnerada de manera brutal por la Municipalidad de Curacautín, con olores nauseabundos, agua contaminaba, con constantes enfermedades, etc”, sostuvo.

El profesional precisó que el vertedero funciona desde el año  1997, proyectando en ese entonces 10 años de vida útil, «sin embargo y transcurridos ya más de 23 años desde el inicio de sus actividades este año continúa funcionando, aumentando su frecuencia y actividad. En el año 2016, dicho vertedero debió dejar de funcionar por haber sido declarado con Plan de cierre progresivo, sin embargo, a la fecha sigue funcionando con total normalidad”. Igualmente afirma que “el traslado y acopio de los desechos no cumple con ninguna norma básica de impacto ambiental».

Eliana Zulema aseveró qué “la situación es bien grave, no tengo agua porque el pozo está contaminado. Tengo que llevar agua en bidones desde la casa de mi mamá, de Curaucatín para cocinar y para tomar. Además los gases son insoportables, son tan fuertes que dan dolor de cabeza y no te permiten estar afuera de la casa”.

“Nunca me dieron una respuesta en el Municipio, por eso presenté el recurso de protección con abogados. Esperaría una indemnización por parte de la justicia porque no se puede vivir con esta contaminación”, agregó Eliana.

FISCALIZACIONES

Por parte de la Secretaria Regional Ministerial de Salud Región de La Araucanía, se comunicó que “el sitio de disposición final de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, vertedero de la comuna de Curacautín, no cuenta con una autorización vigente de funcionamiento, que dé cumplimiento a lo establecido en el DS N° 189/05, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en los Rellenos Sanitarios”.

A pesar de las pruebas presentadas y la fiscalización por parte de las autoridades, la Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía manifestó que los antecedentes presentados “no presentan los medios de prueba suficientes para subsanar los hechos constatados en la fiscalización en terreno que dieron inicio a este sumario sanitario”, aplicando una multa de 30 UTM a la Municipalidad de Curaucatín.

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