El diputado Miguel Mellado (RN) solicitó al presidente del Consejo de Defensa del Estado (CDE), Juan Antonio Peribonio, emitir un pronunciamiento sobre eventuales irregularidades registradas en la Conadi y en la Contraloría General de La República, las que estarían vinculadas a la toma de razón de actos que concluyeron en la compra de tierras indígenas.

“Hemos oficiado al Consejo de Defensa del Estado, para decirles que hace un año atrás hemos enviado un requerimiento a la Contraloría General de La República, que no ha sido contestado, un año sin contestar un requerimiento de cuatro parlamentarios de La Araucanía, para que nos diga si existe o no hechos constitutivos de delitos a la aplicación de una resolución del año 2003, que la misma Contraloría dio de baja el 2011 diciendo que era ilegal, por lo tanto, todas las tierras que se compraron entre los años 2003 al 2011, se compraron de manera ilegal y la Contraloría tomó razón de esas compras».

El parlamentario agregó que «el Contralor Regional no nos ha contestado en un año, por lo tanto hemos oficiado al CDE todos los antecedentes para que vea la pertinencia de aquellos hechos que puedan ser constitutivos de delito y sean investigados por el Consejo de Defensa del Estado”, dijo Mellado.

PETICIÓN

En efecto, el diputado junto a la senadora Carmen Gloria Aravena y a los diputados Jorge Rathgeb y René Manuel García, presentaron el 9 de septiembre del 2019 ante la Contraloría, un requerimiento donde se solicitaba una auditoria a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, para revisar bajo qué criterios se estaban comprando tierras para ser restituidas.

El documento presentado apuntaba a que el año 2003, el entonces Director Nacional de CONADI Aroldo Cayun, dictó la Resolución N° 878 que dice relación con un “Manual para la aplicación del procedimiento para la compra de tierras a través del programa subsidio artículo letra b), del fondo de tierras y aguas indígenas de la CONADI”. Sin embargo, 8 años más tarde, la Contraloría General de la República, concluyó que dicha resolución no se ajustaba a derecho e instruyó a la Conadi a regularizar esa situación.  De esta forma, el Director Nacional de la época, Germán Riquelme dejó sin efecto la resolución, resolviendo que las solicitudes de comunidades deben regirse por el artículo 6° del Decreto Supremo N° 395, que reglamenta el Fondo de Tierras y Aguas. Pese a ello, y según la presentación de los legisladores,  sigue existiendo una interpretación errada; “se continúa en la duda de qué debe entenderse por los conceptos planteados en esta presentación y, en base a ello, cuando se debe entregar una aplicabilidad a una comunidad indígena determinada”.

“Ejemplos hay muchos, uno de ellos es lo ocurrido por la Comunidad Indígena Ignacio Quidel, hoy subdividida en Comunidad Temucuicui Autónoma y Comunidad Temucuicui Tradicional. A esta comunidad le corresponde el título de Merced N° 3 de una superficie original de 250 hectáreas aproximadamente, que nunca tuvo desmedro de cabida. Sin embargo, a partir de esta ambigüedad interpretativa y arbitraria para entregar aplicabilidades, que parece más una decisión política que técnica, se le ha comprado tierras a esta comunidad  en 8 oportunidades, equivalente a 3.036 hectáreas, postergando a las comunidades pacíficas que siguen esperando su turno”, explicó Mellado.

EVENTUALES IRREGULARIDADES

Según señala el texto presentado por los legisladores el 2019, a partir de esta ambigüedad interpretativa de la ley, las distintas administraciones de Conadi han entregado aplicabilidades y por tanto compras, a comunidades que arrogan el uso ancestral de la tierra o sitios sagrados que antes no existían. “El proceso de entrega de tierras siempre ha estado envuelto en polémicas en los distintos gobiernos, sin perfeccionar los mecanismos de entrega a través de condiciones objetivas. Algunas comunidades reclaman derechos ancestrales, la existencia de una “deuda histórica” y la devolución de aquellas que le “debieran pertenecer”, sin embargo, hay una inexistencia de una cuantificación inicial socialmente válida de los tipos de problemas de restitución de tierras. Así, se da cuenta de la ausencia de estudios causales, de títulos u otros que objetiven seriamente la cantidad de tierras en problemas”.

Estos vacíos o interpretaciones erradas, generan a juicio del diputado Miguel Mellado, situaciones de violencia. “Ya es conocido que la política de entrega de tierras fracasó y por ello, solicitamos a la Contraloría un pronunciamiento sin tener hasta ahora respuestas. Estos vacíos generan la violencia que toda la región ha debido enfrentar hace ya décadas, por las presiones ilegítimas que hacen algunas comunidades y ante la cual los gobiernos de turno a través de la Conadi han debido ceder, dejando postergadas a las comunidades pacíficas”.

SUMARIO

En la oportunidad los parlamentarios solicitaron además, que se investigue la actuación del propio ente contralor, al autorizar compras de tierras con un procedimiento que ellos mismos determinaron en 2011 que «no se ajustaba a Derecho» y pidieron el inicio de un sumario administrativo a los funcionarios involucrados en la compra de tierras y catastro de títulos de Merced, Comisarios y otros.

La presentación señala que; “con fecha 21 de Octubre del año 2011, el entonces Director Nacional de CONADI (s) Germán Riquelme Reuss, mediante Resolución Exenta N° 1847 deja sin efecto la Resolución Exenta N° 878 del año 2003 y, resolviendo que las solicitudes de comunidades deben regirse por el artículo 6° del Decreto Supremo N° 395, que reglamenta el Fondo de Tierras y Aguas”. Lo anterior, según los legisladores, permite que las comunidades vuelvan a pedir tierras una y otra vez, debido al procedimiento que determinó el entonces director del organismo, dejando la duda de cuándo se debe entregar una aplicabilidad a una comunidad indígena determinada.

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